1. Los fiduciarios institucionales supervisan la seguridad financiera de sus fondos. Como tales, deben dar los pasos razonables para supervisar todas las demandas, posibles y reales, relacionadas con los fraudes y hechos delictivos cometidos por malhechores corporativos.
2. Mejores resultados. Desde la aprobación de la ley de reforma de los litigios privados de valores de 1995, que alentaba específicamente a los grandes inversores institucionales a participar como demandantes principales en acciones colectivas de valores, las resoluciones con compensaciones han aumentado drásticamente. De hecho, un estudio reciente de NERA Economic Consulting reveló que las acciones colectivas de valores con inversores institucionales como demandantes principales representaban un tercio más que aquellas en que eran inversores privados quienes actuaban como demandantes principales.
3. La implicación de inversores institucionales está en aumento. Un estudio realizado en 2004 por PriceWaterhouseCoopers indicaba que aproximadamente el 47% de los demandantes principales en todos los casos interpuestos en 2004 eran inversores institucionales.
4. Normalmente, los inversores institucionales pueden negociar resoluciones más cuantiosas a la vez que reducir los honorarios de los abogados, lo que aumenta las compensaciones para los inversores.
5. Las instituciones aportan con frecuencia un grado de sofisticación y experiencia a cada caso que, normalmente, demuestra ser una ventaja en el desarrollo del litigio y de la estrategia judicial o en la negociación de una resolución.
6. Los inversores institucionales están en posición de obtener una amplia y significativa influencia en el gobierno corporativo, como por ejemplo:
que los Consejos sean elegidos anualmente y estén controlados por directores independientes;
- que el Presidente del Consejo y el Director General sean personas distintas;
- que al menos dos tercios del Consejo sean directores independientes;
- la divulgación pública inmediata de todas las compras y ventas de acciones de la compañía por parte de cualquier director o ejecutivo corporativo;
- el establecimiento de límites en los periodos en el cargo de directores;
- la limitación del número de consejos a los que puede pertenecer un director;
- la eliminación de las acciones de “voto decisivo”;
- la restricción o limitación de las opciones sobre acciones;
- la rotación de los asesores externos, y
- la limitación de las compensaciones a ejecutivos.
¿Cómo pueden implicarse las instituciones?
La mejor forma en que los fiduciarios institucionales pueden proteger sus inversiones y aumentar al máximo las compensaciones por activos perdidos es supervisar minuciosamente la evolución del mercado. Consciente de que se trata de un proceso que exige tiempo y dinero, S&B ofrece un servicio de supervisión diseñado para permitir a las instituciones identificar los acontecimientos importantes del mercado y discutir los efectos, si los hay, que estos acontecimientos tienen para sus inversiones. S&B informará de los beneficios que pueden suponer las demandas interpuestas, así como las posibles demandas, y evaluará todos los derechos y opciones legales de compensación. Este servicio permite a los inversores institucionales evaluar de forma eficaz todas las demandas y dar los pasos necesarios para proteger los activos sin perturbar sus actividades empresariales. Este servicio no supone obligación ni costo alguno, y S&B se hace cargo de todas las acciones colectivas con el pacto de cuota litis. S&B sólo cobra si el litigio se resuelve con éxito y, gane o pierda, las leyes de Pensilvania permiten que la responsabilidad de todos los costos recaiga sobre nosotros.
|